Aunque parezca que es fácil determinar lo que es un accidente laboral y lo que no, a veces en la realidad es algo mucho más compleja. En la siguiente noticia podemos ver dos posiciones distintas de un mismo suceso:
Una psicóloga del Servicio Vasco de Salud (Osakidetza) dejó su puesto de trabajo durante los 15 minutos de descanso de su jornada laboral para salir a tomar un café y cayó al suelo. Sufrió lesiones en el codo izquierdo que le obligaron a coger una baja médica durante algo más de un mes.
La mutua que asegura a los trabajadores de ese centro dice que es una enfermedad común.
La psicóloga lesionada dice que es un accidente de trabajo.
Cuestiones a valorar:
- ¿El evento se produjo "con ocasión o consecuencia del trabajo"?
- ¿Se produjo en el lugar de trabajo?
- ¿El tiempo de descanso es "equiparable a tiempo de trabajo"?
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, a la que acudió la trabajadora, falló a favor de ella. Previamente, un juzgado de Bilbao estimó en primera instancia los argumentos de la mutua y consideró que la situación de incapacidad temporal de la trabajadora estaba causada como accidente no laboral.
Sentencia núm. 1851/2016 de fecha 27 de septiembre
Fuentes consultadas:
- https://elpais.com/ccaa/2016/10/03/paisvasco/1475495565_808605.html
- https://www.redaccionmedica.com/secciones/derecho/-es-accidente-laboral-una-caida-fuera-del-hospital-durante-la-jornada--8120
- http://www.dm-consultants.com/los-accidentes-descanso-tambien-laborales/
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